PADRÓN
HORARIO GENERAL DEL PADRÓN MUNICIPAL
De lunes a viernes de 9:00h. a 14:00h. sin cita previa
¿QUÉ ES EL PADRÓN MUNICIPAL?
El padrón municipal es el registro administrativo donde constan los vecinos de un municipio. Sus datos constituyen prueba de la residencia en el municipio y del domicilio habitual en el mismo. Las certificaciones que de dichos datos se expidan tendrán carácter de documento público y fehaciente para todos los efectos administrativos.
Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en el que resida habitualmente. Quien viva en varios municipios, o en varios domicilios dentro del mismo municipio, deberá inscribirse únicamente en el que habite durante más tiempo al año (más de seis meses).
Cuando se produzca un cambio de domicilio dentro del término municipal de Griñón, el interesado debe solicitar la realización de dicho cambio en el Padrón.
Los menores de edad no emancipados y los mayores incapacitados deben figurar empadronados en el domicilio de los padres que tengan su guarda o custodia, o representantes legales, salvo autorización por escrito de éstos para residir en otro domicilio.
Los documentos que acreditan la residencia y el domicilio habitual son:
- Volante de empadronamiento: documento de carácter puramente informativo.
- Certificado de empadronamiento: documento que acredita el hecho del empadronamiento.
Los volantes o certificados podrán referirse a una o a la totalidad de las personas inscritas en un determinado domicilio (individual o colectivo).
SOLICITUD VOLANTE O CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO
¿CÓMO SOLICITARLO?
- A través de la Sede Electrónica, con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. Este procedimiento es automático y permite al ciudadano, de forma inmediata, la descarga de su certificado o volante. Información completa en este enlace.
- Presencialmente en el Padrón Municipal, con recogida pasadas 24 horas (al día siguiente).
¿QUÉ DOCUMENTOS TENGO QUE APORTAR?
1. Certificado de empadronamiento individual
En caso de solicitarlo a través de la Sede Electrónica:
- No es necesario aportar ningún documento. El sistema identifica al titular del certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve y genera, de forma automática, el documento requerido.
En caso de solicitarlo presencialmente:
- DNI o Pasaporte o Tarjeta de Extranjero, o Tarjeta de Identidad en caso de nacional de la Unión Europea, del interesado.
2. Certificado de empadronamiento colectivo
La solicitud de volantes o certificados colectivos de empadronamiento de aquellas viviendas en las que se encuentren empadronadas dos o más personas mayores de edad, deberán ir siempre acompañadas de la correspondiente autorización de cesión de datos de dichas personas y de los documentos identificativos (DNI/NIE/Pasaporte) de toda la unidad familiar.
3. Certificado de empadronamiento histórico
Puede ser individual o colectivo y la documentación y forma de solicitarlo, es la misma que en los dos puntos anteriores.
SOLICITUD DE ALTA EN EL PADRÓN DE HABITANTES
Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio donde reside.
El alta puede ser tramitada por:
- Alta por cambio de residencia: personas que han fijado su residencia habitual en el municipio de Griñón, procedentes de otro municipio o del extranjero.
- Alta por nacimiento.
- Alta por omisión: personas que, residiendo habitualmente en Griñón, no figuran inscritas en el Padrón o que desconocen el municipio de su anterior inscripción padronal.
Los ciudadanos extranjeros no comunitarios y sin autorización de residencia permanente deberán renovar cada dos años la inscripción. En caso contrario se declarará la caducidad de la inscripción y la baja en padrón.
El plazo máximo para resolver el empadronamiento es de tres meses a partir de la solicitud, según lo establecido en el artículo 21.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
¿QUÉ DOCUMENTOS TENGO QUE APORTAR?
- Se detalla en hoja informativa pinchando en este enlace.
- Menor que se empadrona con uno solo de los progenitores (para más información, acudir presencialmente al Ayuntamiento):
- Autorización del otro progenitor
- Resolución judicial de guarda y custodia del menor en exclusiva otorgada a dicho progenitor, acompañada de la «Declaración Responsable cuando no hay consentimiento de ambos ni autorización judicial y el solicitante tiene atribuida la guarda y custodia en exclusiva».
- Resolución judicial de guardia y custodia compartida donde establezca el domicilio del menor o con quien se empadronará. Se requerirá, además, autorización del otro progenitor, cuando en la resolución no se indique el domicilio o se establezca la convivencia del menor con ambos progenitores de manera alterna sin especificar el periodo.
Si no se puede presentar autorización o resolución judicial se deberá cumplimentar en el momento de solicitar el empadronamiento la «Declaración Responsable cuando no hay consentimiento de ambos ni autorización judicial y no existe resolución judicial que se pronuncie sobre la guardia y custodia».
- Viviendas colectivas (residencias, etc.)
- Hoja Padronal, según el modelo del Ayuntamiento, firmada por la persona que se va a empadronar
- DNI de la persona que se empadrona
- Se deberá aportar Certificado firmado de la dirección del centro, dando fé de la residencia de la persona en el mismo
- Si la persona que se empadrona no acude personalmente a realizar el trámite: Autorización de la persona que se empadrona a que realicen el trámite en su nombre y el DNI
RENOVACIÓN / CONFIRMACIÓN
RENOVACIÓN PERIÓDICA PADRONAL POR EXTRANJEROS NO COMUNITARIOS SIN AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA DE LARGA DURACIÓN (ENCSARP)
Renovación, cada dos años, de la inscripción padronal de personas extranjeras no comunitarias sin autorización de residencia permanente.
Forma de presentación:
- Electrónica
- Presencial
Documentación a aportar:
- Última factura de agua, luz o gas, donde quien desee renovar sea la persona titular del contrato de suministro.
- Si es inquilino: contrato de arrendamiento y último recibo de pago de alquiler (el del mes en curso).
- Si es propietario: escritura de compraventa o de la copia simple de la vivienda.
CONFIRMACIÓN DE CIUDADANOS DE LA UNIÓN EUROPEA Y DE LOS ESTADOS PARTES EN EL ACUERDO SOBRE EL ESPACIO ECONÓMICO EUROPEO
Forma de presentación:
- Electrónica
- Presencial
Documentación a aportar:
- Permiso de residencia, pasaporte o tarjeta identificativa en vigor
SOLICITUD DE BAJA EN EL PADRÓN MUNICIPAL
Existen varios tipos de baja en el Padrón Municipal:
- Bajas por cambio de residencia: son las de aquellas personas empadronadas en un municipio que trasladan su residencia a otro municipio y se empadronan en el nuevo municipio.
- Cambio de residencia de españoles al extranjero: deberá solicitar el alta en el Registro de Matrícula de la Oficina o Sección Consular de destino, que la remitirá, a través del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación al Instituto Nacional de Estadística, el cual trasladará la baja al municipio de procedencia.
- Cambio de residencia de extranjeros por traslado a otros país: cuando los solicitantes de la baja en el padrón sean extranjeros, o de sus hijos, aunque sean españoles, menores de edad (en este último caso en virtud de lo previsto en el artículo 54.2 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales) que trasladan su residencia a otro país, se procederá a tramitar su baja por cambio de residencia, debiendo comunicar este cambio presentando una instancia junto con la documentación necesaria que acredite dicho traslado.
El solicitante deberá presentar un escrito o instancia donde se indique su traslado de residencia a otro país y se acompañará:- Fotocopia de su documento de identidad vigente
- Bajas por defunción: certificado de defunción o libro de familia
- Bajas por inscripción indebida: de oficio, quienes figuren inscritos sin residir habitualmente en el municipio, cuando otro ciudadano se empadrone e indique que no residen otros ciudadanos en el domicilio.
A instancia de parte, cualquier ciudadano que tenga conocimiento de que una persona no reside en el domicilio en el que se encuentra empadronada podrá solicitar la baja en el Padrón. Cabe subrayar que declarar datos que no son verdaderos puede ser constitutivo de delito y/o falta.
El solicitante deberá presentar un escrito o instancia en la que manifiesta que la persona o personas que se relacionan no residen en el domicilio que se indica.